Modificaciones al régimen de teletrabajo en zonas francas

 

El pasado 6 de marzo de 2024, mediante el Decreto N° 69/024, el Ministerio de Economía y Finanzas reglamentó las modificaciones que introdujo la Ley de Rendición de Cuentas al artículo 14 ter de la Ley de Zonas Francas (15.921), en lo relativo al teletrabajo en Zonas Francas.

Al igual que el Decreto 319/022 (ver informe), el nuevo Decreto también establece como regla general que podrán acceder a la modalidad de teletrabajo los trabajadores dependientes.

En primer lugar, se establecen los requisitos para que el teletrabajo pueda efectuarse:

  1. Debe ser estipulado en el contrato de trabajo.
  2. El personal debe cumplir con un 60% del total de su carga horaria mensual en la modalidad de trabajo presencial y un 40% en modalidad teletrabajo. Se permite una excepción del 10% del personal dependiente respecto a esta regla.

Luego, se establece una excepción a la regla del 60% – 40%, la cual permite reducir el porcentaje de carga horaria mensual en la modalidad de trabajo presencial al 55%, y aumentar al 45% en modalidad de teletrabajo. Para ello, deberán cumplirse alguna de las siguientes condiciones:

  1. Una distancia mínima de 200 km entre el domicilio del trabajador y su lugar habitual de trabajo.
  2. Un mínimo de 15 empleados dependientes contratados.
  3. Una inversión superior a 10.000.000 de UI en bienes tangibles de su activo fijo durante dos ejercicios fiscales consecutivos.

Por otro lado, se establece el personal no comprendido dentro del régimen de teletrabajo: dependientes que formen parte de recursos humanos que desarrollen directamente actividades operativas de producción o fabriles, de distribución o logísticas, ni para el desarrollo de actividades comerciales sustantivas definidas en la Ley de Zonas Francas.

El cumplimiento de la normativa será supervisado por los Desarrolladores, quienes deberán llevar un registro de los acuerdos suscritos entre los Usuarios de Zona Franca y el personal dependiente, de acuerdo con las condiciones establecidas por la Dirección Nacional de Zonas Francas.

Encuentra el texto original en: https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2024/decretos/03/mef_1485.pdf

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