Novedades Migratorias: Apertura de fronteras para propietarios o titulares de activos

Por Decreto Nº 279/2021, el Poder Ejecutivo amplió las causales de ingreso de extranjeros a Uruguay, autorizando expresamente el ingreso de propietarios o titulares de activos en el país y sus familiares, a partir del 1° de setiembre de 2021.

Los requisitos para el ingreso son:

 

  1. Propietarios/Titulares

Se deberá acreditar ser propietario de un bien inmueble, así como también titulares de participaciones sociales o acciones de personas jurídicas o beneficiarios finales de inmuebles ubicados en Uruguay. Junto con el propietario podrán ingresar sus familiares de primer y segundo grado de consanguinidad (cónyuge, hijos, etc.).

Tales condiciones serán acreditadas a través de una certificación notarial expedida por Escribano Público uruguayo o una declaración jurada, de acuerdo con un modelo aportado por el Poder Ejecutivo.

 

  1. Vacunados contra el virus SARS CoV-2

Los interesados deberán haber completado el esquema vacunatorio contra el virus SARS CoV-2 y el respectivo plazo para obtener la inmunidad, aprobado por su país de origen, dentro de los últimos seis meses previos al embarque o arribo al país.

En caso de que ingresen menores de 18 años que provengan de un país en el que no se haya aprobado una vacuna para su franja etaria, deberán cumplir, junto con su familia, el aislamiento obligatorio de 14 días.

 

  1. Realizar test de detección del virus

Se deberá contar con un PCR negativo, obtenido en las 72 horas anteriores al arribo al país. Además, los extranjeros deberán realizar un nuevo test de detección del virus al séptimo día del anterior. Este último podrá suplantarse por guardar aislamiento social por el plazo de 14 días.

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