Insolvencia empresarial y mecanismos legales para salvarse

 En nuestro país la pandemia ha dejado como resultado la imposibilidad de muchas empresas de cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones, encontrándose en situaciones de generación de deuda. 

En Uruguay contamos con dos formas que permiten la búsqueda de acceder a la reorganización empresarial reguladas por la ley de concursos número 18.387. 

Una de ellas es el Acuerdo Privado de Reorganización (APR) y la otra es la declaración judicial de insolvencia regulado por la Ley de Concursos denominado “concurso voluntario”. 

En el primer mecanismo la empresa aun no se encuentra en estado de insolvencia absoluta y el acuerdo consiste en evitar la declaración judicial de concurso, llegando a acuerdos con los acreedores de la empresa. Dicho acuerdo puede realizarse de forma privada con los acreedores a través de intervención de Escribano Público o en vía judicial. 

El otro mecanismo tiene como objeto inicial un proceso con el fin de denunciar la insolvencia una vez conocida en la que se encuentre la empresa y así dar comienzo a las acciones legales tendientes a la reestructuración de ésta mediante el cumplimiento de las obligaciones pendientes. 

La empresa durante el proceso mantendrá sus actividades de la forma en que habitualmente las realiza, designando el Juez un Interventor, persona que velará por la salvación de la empresa en conjunto con sus titulares. 

En relación a este último mecanismo es menester subrayar que la empresa una vez conocida o que debiera haber conocido la insolvencia cuenta con 30 días para denunciarla. 

Ambas opciones con viables, pero es menester realizar un estudio profundo del estado de situación el cual desde el equipo de LawXperts podemos ayudarte. Consúltanos.

 

Dra. Florencia Beltrand Valerio 

Doctora en Derecho 

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