Derecho a ausentarse del trabajo para controles de embarazo.

El 19 de abril se aprobó en la Cámara de Senadores el proyecto de ley que regula el derecho a ausentarse del trabajo para asistir a los controles de embarazo.

La ley establece que toda trabajadora embarazada, de la actividad pública o privada, tendrá derecho a ausentarse de su lugar de trabajo, hasta 4 horas al mes, con la finalidad de concurrir a los controles de embarazo u otras consultas relacionadas

Se dispone que dichas horas se computarán como horas trabajadas a todos los efectos legales y reglamentarios, no pudiendo ser descontadas del salario o remuneración.

El mismo derecho se consagra para todo trabajador de la actividad privada o pública a efectos de acompañar a su cónyuge, concubina o pareja a los controles de embarazo que correspondieren.

Como requisitos para el ejercicio de estos derechos las trabajadoras y trabajadores deberán dar aviso a su empleador con una anticipación no menor a dos días, no pudiéndose negar el goce de dichos derechos por ninguna circunstancia y además, deberán acreditar la asistencia al control mediante certificado médico.

La cantidad de horas, podrá aumentarse cuando a juicio del médico tratante sea necesario o recomendable que la embarazada concurra a controles, rutinas o estudios adicionales.

Para ello, se deberá presentar al empleador el correspondiente certificado o constancia emitida por el médico tratante, que no deberá especificar la causa o patología que requiera dicha consulta adicional.

La ley fue aprobada por unanimidad y será remitida al Poder Ejecutivo.

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