El Decreto Nº 176/023 del 16/06/23 derogó el artículo 1 del Decreto Nº 55/023.
En virtud de esta nueva norma, toda persona extranjera que ingrese a Uruguay, cualquiera sea la causa de ingreso (turismo, laboral u otros) y el medio por el cual ingresen (marítimo, terrestre o aéreo), ya no deberá contar con cobertura de salud o seguro médico.
Este cambio implica que toda persona extranjera que ingresa al país deja de estar obligada a contar con un seguro privado. Igualmente, en caso de necesitar asistencia médica la persona extranjera podrá ser atendida por la salud pública.
En consecuencia, recomendamos a los extranjeros que deseen ingresar al país, lo hagan con un seguro médico, con el fin de estar mas protegidos y estar cubiertos por la salud privada en todo el territorio nacional.



